Tras la polémica surgida con el cobro del IVA a las Hermandades y Cofradías por los palcos y sillas hoy entrevistamos a José Cepero, abogado, especialista en derecho tributario, mercantil y administrativo y que su último logro ha sido conseguir que el Tribunal Constitucional fallara en contra del cobro de plusvalías municipales en las ventas de inmuebles con pérdidas.
Pero vamos a lo que nos interesa.
PREGUNTA.- Sr. Cepero, se viene hablando de gravar con un impuesto (el IVA) a las cofradías que procesionan por ocupar con sillas un espacio público so pretexto de que de ellas se obtienen unos beneficios. Si se considera que las procesiones —la Semana Santa, para abreviar— supone un motivo de atracción de público cuyo beneficio repercute prioritariamente en el propio municipio y en todos sus sectores comerciales —hostelería, alojamientos—, ¿sería justo que el impuesto a las sillas lo pagaran también las cofradías?
RESPUESTA.- Ciertamente las procesiones en Semana Santa, por ser un atractivo a nivel mundial y un Bien de Interés Cultural reconocido, redunda en beneficio del municipio en los que se desarrollan, por lo que, por ese sólo hecho, habrían de ser contempladas por Hacienda desde una perspectiva diferente a una empresa, ya que ni una Hermandad es una empresa ni su actividad es de lucro.
Precisar, que Hacienda no se ha dirigido a las Hermandades o Cofradías sino a los diferentes Consejos Locales o Uniones de Hermandades aunque, mucho me temo, que ese será el siguiente paso.
Hacienda no se ha dirigido a las Hermandades o Cofradías sino a los diferentes Consejos Locales o Uniones de Hermandades aunque, mucho me temo, que ese será el siguiente paso.
P.- Se sabe que el ayuntamiento cobra una tasa a los bares, a los restaurantes por la instalación de terrazas que ocupan un espacio público por un tiempo indeterminado que hay que renovar. Esta tasa puede estar justificada porque con la instalación de mesas y sillas en la calle, no solo aumenta en metros cuadrados la explotación del negocio sino que origina una mayor venta y por lo tanto de beneficios. ¿Pero esto tiene alguna relación con las sillas que, en muchos casos solo sirven para paliar en una mínima parte los costos que acarrea el montaje de los pasos para su salida procesional?
R.- Cada ciudad y/o municipio es distinto. Hay Ayuntamientos que cobran una Tasa, otros que no cobran nada, otros que montan los palcos en la carrera oficial de manera gratuita y otros que, además, le dan una subvención al Consejo Local. La razón descansa en lo que has comentado: se trata de fomentar y favorecer, por una parte, el ordenado y pacífico “espectáculo” (si se quiere frivolizar la cuestión) en beneficio del “espectador” y en pro del negocio que genera en el municipio mismo.
P.- Si se llegara a imponer el pago del IVA, ¿dependería del criterio de cada ayuntamiento, de cada provincia, de cada región?
R.- En Bufete Cepero entendemos que la actuación de la que estamos hablando está exenta de IVA. Y no es sólo nuestra opinión sino la del propio Tribunal Económico-administrativo de Andalucía que ya dictaminó la exención en el IVA en sendas reclamaciones interpuestas por Sevilla y Jerez
Sin embargo, este despacho aconseja en este asunto la máxima prudencia. Por tal razón, Bufete Cepero, en reunión mantenida recientemente con todos los presidentes de los diferentes Consejos locales de Andalucía, aconsejó que, dado el enorme perjuicio que les ocasionaría a los Consejos la exigencia del IVA por Hacienda sin haberlo previamente cobrado éstos, que se repercuta el mismo y posteriormente se solicite su devolución, evitándose así intereses de demora y posibles sanciones que no harían más que agravar más aún si cabe el efecto que provocaría en nuestra Semana Santa esta postura de Hacienda.
P.- Ante semejante pretensión ¿las hermandades y cofradías tendrían capacidad de movimiento para evitarlo o tendrían que renunciar al culto externo que tanto beneficio genera?
R.- Como antes te he apuntado en Bufete Cepero apostamos una postura prudente pero no conformista. Es decir, pagar el IVA y pedir la devolución. Si así no fuera y Hacienda exigiera el IVA, la Semana Santa que hoy conocemos se vería tan afectada que, sin duda, transformaría su manifestación pública más social que representa las procesiones de las Hermandades y Cofradías. Si no se quiere ver desde el punto de vista religioso podríamos decir que quedaría seriamente afectada la mayor industria de Andalucía: el turismo.
P.- ¿Qué consejo le daría a las hermandades y cofradías que no tienen muy claro el tema? ¿Pagar y después recurrir?
R.- Eso es lo que Bufete Cepero ha aconsejado ya, y en esa línea (entre otras muchas por ser muchos los aspectos a analizar y resolver) estamos trabajando, como te he comentado anteriormente
P.- ¿Le gustaría añadir algo más sobre este tema, Sr. Cepero?
R.- Sí. No quisiera acabar esta entrevista sin dar mi parecer sobre este asunto. En mi modesta opinión, Hacienda no ha sabido o no ha querido medir las consecuencias de su decisión. Y no lo ha hecho porque no se puede dar un tratamiento estrictamente empresarial a lo que es una manifestación religiosa , no se puede hablar de gravar un beneficio cuando, si sobra dinero tras pagar los gastos, éste es destinado íntegramente a obra benéfica y fomento del culto, en última instancia, no se puede ver un patrimonio cultural y religioso como la Semana Santa como un conjunto de activos destinados a obtener un beneficio.
Estamos hablando de nuestra cultura, de nuestra religión, de la manera de ser de un pueblo que manifiesta su religiosidad a través de su Semana Santa. La Semana Santa no se “monta” para ganar dinero. Es una forma de rezar.